Autor/a Don Ozono
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26 de febrer de 2020
Por lo que respecta al tratamiento con ozono en ambientes de Aire y en volúmenes de Agua, podemos señalar que el OZONO constituye uno de los sistemas físico-químicos de desinfección contemplados por la normativa vigente. Asimismo, el sistema de desinfección mediante tratamientos con Ozono, está ampliamente refrendado por la comunidad internacional y se encuentra regulado por la siguiente normativa nacional: - Resolución del 23 de abril de 1984 , por la que se aprueba la lista positiva de aditivos y coadyuvantes tecnológicos autorizados para el tratamiento de las aguas potables de consumo público. - Real Decreto 168/1985, de 6 de febrero , por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria sobre condiciones generales de almacenamiento frigorífico de alimentos y productos alimentarios. - Real Decreto 1138/1990, de 14 de Septiembre ,de la Reglamentación Técnico sanitaria para el Abastecimiento y Control de Calidad de las Aguas Potables de consumo público (y que es derogado por el posterior R. D.) - Real Decreto 140/2003, de 7 de Febrero , por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. - Real Decreto 865/2003 , por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis. - NTP 538 del INSHT . Legionelosis: medidas de prevención y control en instalaciones de suministro de agua. - Norma española UNE-EN 400-201/1994 de AENOR : Generadoresde Ozono, Tratamiento de aire. Seguridad química, basada en las Recomendaciones de la OMS. Tiene por objeto establecer las especificaciones y los métodos de ensayo a efectuar para determinar la seguridad de los generadores de ozono destinados al tratamiento de aire. - Norma española UNE-EN 1278/1999 de AENOR . Productos químicos utilizados en el tratamiento de agua destinada a consumo humano: Ozono, transposición de la Norma Europea EN 1278 de Septiembre de 1998. Aplicable al ozono utilizado para el tratamiento del agua destinada al consumo o uso humano, describiéndose las características del ozono y se especifican los requisitos y los métodos de análisis correspondientes al ozono. Asimismo, proporciona información sobre su uso en el tratamiento del agua. Asimismo, el sistema de desinfección mediante tratamientos con Ozono, está ampliamente refrendado por la comunidad internacional. Las normas internacionales referentes a la concentración de ozono en el aire, para mantener una atmósfera en perfectas condiciones higiénicas, recomiendan concentraciones de 0’2 a 0’5 mg/h de O3 por unidad de volumen, o de 0’3 a 0’5 ppm. La desinfección del aire interior con Ozono es una práctica habitual en Estados Unidos, estando en España su uso regulado, como anteriormente se señala, por el Ministerio de Sanidad y la correspondiente norma UNE. Es un sistema físico-químico con aporte de Ozono en las fases de choque y mantenimiento, mediante generadores de ozono tipo B de vertido indirecto, o acoplados a algún conducto o dispositivo con sistema de dilución y mecanismo de control automático de producción. Para la correcta ozonización de locales, recomendamos: Con las salas o dependencias vacías, el generador se podrá poner a su capacidad máxima, siendo recomendable una concentración de ozono en ambiente no inferior a 1 mg/m3. De esta manera, se realizará un tratamiento que llegará a eliminar todo tipo de microbio patógeno. Por otra parte, los generadores por normativa llevan incorporados habitualmente, a nivel interno, un control electrónico de producción para que nunca se sobrepasen los niveles de inmisión máximos de 0’1 mg/m3. De esta manera, el Ozono asegurará la descontaminación del aire, con lo que se logrará una desinfección efectiva en la sala o dependencia donde se sitúe el ozonizador. Si en las dependencias a instalar los generadores de ozono existe cualquier entrada de aire forzado, ya sea climatizado o no, se recomienda incorporar el ozono al conducto de aire, para así asegurar además la desinfección de la red de conductos de distribución del aire. En estos casos habrá que sobredimensionar el generador de manera que cubra tanto la demanda de ozono de los conductos, así como la demanda de la sala a tratar. Instalación de un medidor o controlador (opcional). El medidor/controlador se encarga de regular los niveles prefijados, siempre y cuando los generadores de ozono estuviesen en la misma estancia que estos aparatos. Asimismo, también existen soluciones que incorporan en el propio equipo un sistema de descomposición de ozono para mayor seguridad. Los equipos cumplen con las normativas EN 60730-1:200+A1:2004+A16:2007+A2:2008y la directiva 2004/108/CE que se refiere a la compatibilidad electromagnética. Todas las especificaciones técnicas se plasman en la Ficha Técnica del fabricante que se adjuntan con los equipos. A mayor abundamiento, insistir en que las recomendaciones y directivas europeas y españolas así como normas UNE en cuanto a niveles máximos de emisión están fijadas por la OMS a nivel mundial. USO DEL OZONO: El O3 que producen los generadores es un gas muy inestable, no llega a acumularse, se descompone rápidamente y su producción está regulada. En este sentido, advertimos que siempre deben comprar generadores de ozono fabricados bajo la normativa europea y con certificado CE para mayor seguridad de uso. Toxicología: En su ficha toxicológica, el ozono está clasificado como AGENTE IRRITANTE Xi en el aire. Es decir, se relaciona con problemas derivados de su inhalación, que es función tanto de la concentración como del tiempo de exposición. - TLV: 0,1 ppm. - Recomendación de la OMS: Concentración máxima de ozono en aire para el público en general de 0,05 ppm (0,1 mg/m3). - Recomendaciones de seguridad de la norma UNE 400-201-94: Nivel de inmisión <100 μg/m3 Por otra parte, salvo que se almacene líquido a altas presiones, el ozono es generado in situ, no pudiendo existir escapes superiores a la producción programada en los Generadores, ya que estos únicamente producen el gas, no lo acumulan. Copyright ©Soluciones Medioambientales Don Ozono - Todos los derechos reservados.